Resumen del decreto en contra de las terapias naturales

06.07.11

DECRETO 31/2007, de 30 de enero, por el qual se regulan las condiciones para el ejercicio de determinadas terapias naturales, de la GENERALITAT DE CATALUNYA.
El decreto tiene como objeto regular las condiciones para el ejercicio de determinadas teràpias naturales, como las actividades orientadas al fomento de la salud y el bienestar de las personas
La finalidad del Decreto es la protección de la salud de las personas. La regulación de las teràpias naturales mediante el Decreto se sustenta en la habilitación que establece el art 24 de la Llei General de Sanitat: “Las actividades públicas o privadas que, directa o indirectamente, puedan tener consecuencias negativas para la salud, seran sotmetidas por los òrganos competentes a limitaciones preventivs de caràcter administrativo, de acuerdo con la normativa bàsica del Estado”.
El Decreto ordena una actividad privada no sanitaria pero que su ejercicio puede tener incidencia negativa en la salud.

El decreto se motiva en sus diferentes formas de entender la persona, el diagnóstico, la enfermedad y el tratamiento,relacionadas con la tradición de las diferentes culturas. Los criterios en que se basan las terapias naturales parten de una base filosófica diferente a la que soporta la medicina convencional o alopática y aplican procesos de diagnóstico y terapéuticos propios.
El Decreto establece una serie de terapias naturales de las que limitará su ejercicio, así pues, las divide en tres bloques:
1) Criterio Naturista. NATUROPATÍA Y NATUROPATÍA CON CRITERIO HOMEOPÁTICO 
2) ACUPUNTURA Y TERAPIA TRADICIONAL CHINA
3) Terapias manuales y técnicas manuales. OSTEOPATIA, KINESIOLOGIA Y SHIATSU. REFLEXOLOGÍA PODAL, ESPINOLOGÍA, DRENAJE LINFÁTICO, QUIROMASAJE, DIAFREOTERAPIA y LIBERACION HOLISTICA DEL ESTRÉS CON TECNICAS DE KINESIOLOGIA.

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